Medio Ambiente

Gobierno prioriza combate al terrorismo medioambiental

Decreto 615-26 refuerza protección de ecosistemas

La protección de los recursos naturales de la República Dominicana entra en una nueva etapa con el Decreto 615-26, una disposición que declara de alto interés nacional y prioridad estratégica para la seguridad del Estado la prevención, detección, investigación y combate del denominado terrorismo medioambiental.

La medida busca fortalecer la respuesta pública frente a acciones deliberadas que provoquen daños graves a ecosistemas, áreas protegidas y recursos naturales esenciales para el país. En ese marco, el Estado coloca bajo especial atención los parques nacionales, cuencas hidrográficas prioritarias, acuíferos, bosques protectores, manglares, humedales, arrecifes coralinos y nacimientos de ríos, así como infraestructuras vinculadas al agua, entre ellas presas, embalses, acueductos, canales de riego y plantas de tratamiento.

El decreto no crea automáticamente un nuevo delito ambiental ni fija por sí mismo nuevas sanciones. Más bien, establece un marco de prioridad, prevención y coordinación institucional para que los actos que, por su gravedad, medios y finalidad, puedan encajar en la legislación antiterrorista vigente sean investigados y perseguidos conforme a las leyes aplicables. La referencia central es la Ley 267-08 sobre Terrorismo, además de las normas penales y ambientales que correspondan a cada caso.

Una respuesta coordinada

Uno de los elementos más relevantes del Decreto 615-26 es su enfoque interinstitucional. La protección ambiental deja de ser únicamente una tarea sectorial y pasa a requerir la articulación de entidades responsables de ambiente, seguridad, investigación y justicia.

El marco anunciado contempla la participación y coordinación del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, la Dirección General de Migración, el Ministerio Público y organismos vinculados a la prevención antiterrorista. La intención es mejorar la identificación temprana de amenazas, la investigación de hechos graves y la judicialización de los responsables cuando existan elementos legales para ello.

También se prevé el uso de mecanismos tecnológicos y canales para denuncias confidenciales. Esto puede ser especialmente importante en zonas donde la tala ilegal, las quemas intencionales, la ocupación irregular de áreas protegidas, la extracción no autorizada de materiales o la contaminación de fuentes de agua requieren vigilancia constante y respuestas más ágiles.

Qué se entiende por terrorismo medioambiental

Para fines administrativos, preventivos y de coordinación, el decreto asocia el término con actos dirigidos contra recursos naturales, ecosistemas o infraestructuras ecológicas estratégicas que reúnan los elementos de una infracción de terrorismo establecidos en la legislación vigente. Es decir, no todo daño ambiental queda automáticamente clasificado bajo esta figura; la calificación dependerá de las circunstancias, la gravedad, la intención, los medios utilizados y la normativa aplicable.

Por ejemplo, un incendio provocado que destruya una amplia zona protegida, afecte una cuenca vital o ponga en riesgo comunidades y fuentes de agua podría ser evaluado bajo un marco penal más severo que una infracción ambiental ordinaria, siempre que se cumplan los requisitos legales correspondientes. La discusión pública ha mencionado sanciones de hasta 20 o 30 años en casos graves, pero las penas concretas no provienen directamente del decreto: dependen del delito probado y de la aplicación de las leyes penales vigentes.diariolibre+2

Un cambio de enfoque

La relevancia del Decreto 615-26 está en que conecta la defensa del medio ambiente con la seguridad hídrica, alimentaria, económica y territorial de la República Dominicana. Un manglar destruido, una cuenca degradada, un bosque incendiado o un arrecife afectado no solo representan una pérdida ecológica: también pueden comprometer el acceso al agua, la producción agrícola, la pesca, el turismo, la protección costera y la calidad de vida de las comunidades.

El desafío ahora será traducir la declaratoria en resultados verificables: vigilancia efectiva, investigaciones técnicas, respeto al debido proceso, sanciones proporcionales cuando corresponda, restauración de las áreas afectadas y participación ciudadana informada. La protección de los recursos naturales no dependerá únicamente de normas más firmes, sino también de una ejecución institucional coherente y sostenida.

Árticulos Destacados

Deja una respuesta

Botón volver arriba
Send this to a friend